Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
Atribuciones del título
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 15 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrán gobernar motos náuticas.
Atribuciones Adicionales (Nueva normativa 2015)
Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora, que faculta también para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares. Siempre que se realice el correspondiente curso práctico de ampliación para dichas atribuciones.
Condiciones de obtención
- Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o de tutor.
- Aprobar el examen teórico correspondiente.
- Aprobar el examen práctico o haber realizado las prácticas de seguridad y de navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas.
- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.
- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.
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